Una familia recibirá casi 24.000 euros por la caída de un árbol en su caravana en 2006
Ocurrió en el cámping de Fuentes Blancas mientras el matrimonio y su hija dormían
Han transcurrido tres años y medio desde que ocurrió el suceso, pero ya hay sentencia firme. El Ayuntamiento ha sido condenado a pagar casi 24.000 euros a una familia (un matrimonio y su hija menor de edad) por el accidente que sufrieron el 8 de diciembre de 2006 a las 5,30 horas mientras dormían en su caravana y un árbol se rompió y les cayó encima. Los hechos sucedieron en el cámping de Fuentes Blancas, de titularidad municipal.
La sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 es firme y dictamina que «se dan las exigencias de causalidad necesarias para atribuir al Ayuntamiento la responsabilidad por los daños sufridos, pues aunque el cámping es gestionado por una entidad privada, no formaba parte del contrato el mantenimiento de los árboles del entorno, siendo de propiedad municipal».
A este respecto, desde el Consistorio se alegó que «carece de legitimación pasiva en cuanto que no ha tenido ninguna participación en los hechos de los que se derivan los daños cuya indemnización se reclama». A su juicio, «el único responsable es el contratista concesionario del servicio municipal de cámping».
Sin embargo, el juez rechaza este argumento por dos motivos. En primer lugar porque «se considera parte demandada la Administración Pública contra cuya actividad se dirija el recurso». En segundo término porque «indicar que la existencia de un contrato administrativo puede justificar la intervención de un tercero que rompa la relación de causalidad necesaria para poder apreciar la existencia de responsabilidad patrimonial en relación con el Ayuntamiento no sirve para inadmitir el recurso por falta de legitimación pasiva».
La parte demandante, considera que existe «un daño real y efectivo» y solicitaba una indemnización por las secuelas causadas y por los daños provocados en la caravana y los enseres.
Los demandantes habían presentado un recurso contra el acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 15 de abril de 2008 que desestimaba el recurso interpuesto contra la resolución del presidente del Servicio Municipalizado de Deportes que a su vez desestimaba la reclamación patrimonial presentada por los demandantes por los daños sufridos.
Fuente original: Diario de Burgos.






















