Tabla de sanciones y multas por exceso de velocidad DGT

Aplicable en 2010

Esta es la nueva tabla utilizada por la DGT a partir del 2010, que reemplaza a la anterior tabla *.

La velocidad marcada por el radar es la velocidad real, que suele ser entre un 3% – 10% inferior a la marcada por los velocímetros de los automóviles (según velocidad y modelo).

TABLA DE SANCIONES POR EXCESO DE VELOCIDAD

BAREMO APLICADO (DGT – GUARDIA CIVIL)

Información actualizada: Julio 2009 (Aplicable a partir de 2010)

LIMITACIÓN
30
40
50
60
70
80
90
100
110
120
SANCIÓN
Hasta
33
44
55
66
77
88
99
110
121
132
Sin sanción
(margen de error*)

Desde/Hasta

34
50

45
60

56
70

67
90

78
100

89
110
100
120
111
130
122
140
133
150
100 euros
Desde/Hasta
51
60
61
70
71
80
91
110
101
120
111
130
121
140
131
150
141
160
151
170
300 euros y
-2 puntos
Desde/Hasta
61
70
71
80
81
90
111
120
121
130
131
140
141
150
151
160
161
170
171
180
400 euros y
-4 puntos
Desde/Hasta
71
80
81
90
91
100
121
130
131
140
141
150
151
160
161
170
171
180
181
190
500 euros y
-6 puntos
A partir de
81
91
101
131
141
151
161
171
181
191
600 euros, -6 puntos
2 meses suspensión

*NOTA IMPORTANTE:
En País Vasco (Ertzaintza) y Cataluña (Mossos) se aplica un baremo distinto en el margen de error permitido.
DGT, un diez por ciento sobre la velocidad permitida; País Vasco, 5 km/h hasta 100 y 6 km/h a partir de 100 km/h; Cataluña, 4 km/h hasta 100 y un 4 por ciento a partir de 100 km/h.

*ANTERIOR TABLA.

TABLA DE SANCIONES POR EXCESO DE VELOCIDAD

BAREMO APLICADO (DGT – GUARDIA CIVIL)

Información actualizada: Agosto 2006 (Aplicable a partir de 2009)

LIMITACIÓN
30
40
50
60
70
80
90
100
110
120
SANCIÓN
Hasta
40
50
60
70
80
90
100
110
121
132
Sin sanción

Desde/Hasta

41
50

51
70

61
80

71
90

81
100

91
110
101
120
111
130
122
141
133
152
100 euros
Desde/Hasta
61
70
71
80
81
90
91
100
101
110
111
120
121
130
131
140
142
151
153
162
140 euros y
-2 puntos
Desde/Hasta
- - -
101
105
111
120
121
130
131
140
141
150
152
161
163
172
200 euros y
-
3 puntos
Desde/Hasta
- - - - -
131
135
141
150
151
165
162
181
173
198
300 euros y
-4 puntos
Desde/Hasta
71
77
81
87
91
97
106
112
121
128
136
143
151
158
166
174
182
190
199
208
380 euros y
-6 puntos
Desde/Hasta
78
84
88
94
98
104
113
119
129
136
144
151
159
166
175
183
191
199
209
218
450 euros y
-6 puntos
A partir de
85
95
105
120
137
152
167
184
200
219
520 euros y
-
6 puntos

NOTA IMPORTANTE: En País Vasco (Ertzaintza) y Cataluña (Mossos) se aplica un baremo distinto (aplicación según normativa carnet por puntos).

Fuente original: InfoCoches e InfoCoches.

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17 comentarios »

 
  • alberto alberto dice:

    Llego una multa al curro, en abril 2009, por ir a 110km/h en una via de 60.
    Solicitaron identificar al conductor y al dia de hoy no me llega la multa.
    1 ¿cuando llegue que tabla hay que aplicar (la de la fecha de la infraccion o la fecha de la notificacion?

    2 ¿hay retirada temporal de carnet (nunca me han multado)?

    3 ¿si hay retirada de carnet, por cuanto tiempo?…….gracias ayudarme.

  • manuel manuel dice:

    Estrimados Sres;

    me gustaria saber la sancion economica que se le puede imponer a un conductor novel por no llevar el segurpo obligatorio.
    Gracias anticipadas y felices fiestas!

    • Manuel contestando su pregunta, le transcribo parte de última la nota de prensa que sobre ese asunto publicó la DGT: 17 de octubre de 2008

      “Según la Ley de Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor, los titulares de vehículos deben tener contratado un Seguro Obligatorio de Responsabilidad Civil para hacer frente a los posibles daños que pudiera causar su vehículo, en caso de no tenerlo, el agente puede inmovilizar, precintar y enviar el vehículo a un depósito.
      Además, la circulación de vehículos sin seguro obligatorio se sanciona con multas de 1000 euros para los ciclomotores, 1250 para las motocicletas, 1500 para los turismos, 2600 para los vehículos pesados.
      (…)
      Circular sin seguro es un acto insolidario, ya que los posibles daños causados en caso de accidente por un vehículo sin seguro y cuyo titular sea declarado insolvente, terminarán asumiéndolos la sociedad a través del Consorcio de Compensación de Seguros.”

      En ningún momento se hace referencia al hecho de que el conductor sea o no novel.

      Felices fiestas.

  • Antonia Antonia dice:

    Acabo de recibir una notificación del sr cartero, con lo siguiente

    HECHO
    circular a 92km/h teniendo limitada la velocidad a 60Km, existe una limitación especifíca fijada por señal cinemometro multanova 6FMR 874, aprobado el 08/07/1994 para el cálculo de excesos de velocidad y sanción aplicable, se han tenido en cuenta los márgenes de error estipulados en la norma UNE 26444.

    LA FECHA de la multa es del 23/10/2009 cuando cometí la infracción y la carta está firmada el 21 de Diciembre de 2009. Llegándome hoy día 4 de Enero de 2010 a casa, certificada.

    MI DUDA ES:
    ¿ Qué multa me imponen la de la tabla actual del 2010 o cuando cometí la infracción en el 2009?

    Es una variación de dinero bastante grande, me han puesto como si hubiese ido en autovia a más de 170.
    Seguramente fué un coche radar el que me pilló, de todas formas, el cruce tiene poca visibilidad no está señalizado, está pendiente que hay que acelerar porque el coche se cala y además si freno el que iba detrás me daba. En fin, sé que no tengo justificación pero no obstante me parece de muy mal gusto que tenga que pagar a precio de 2010 un acto que cometí en 2009.

    Me responde alguién por favor?
    También me gustaría saber cuántos puntos me quitan y cómo se pueden recuperar? Ya que soy una chica formal y además de las que no corren, menudo comienzo de año que he tenido.

    Por favor que alguién me ayude si es tan amable, con mis dudas
    GRACIAS.

  • rosa rosa dice:

    Hola, me gustaría cuando fué publicada o fecha del boe en que aparece la Tabla de sanciones de la DGT del 2006, aplicable hasta el 2009.
    Porque la que ha sido modificada aparece en la ley de noviembre del 2009.
    me interesa la anterior.
    gracias.

  • Alfonso Alfonso dice:

    Buenas, me ha llegado una multa por circular a 121 km/h en una vía limitada a 60 km/h. Según este baremo de sanciones de la DGT me corresponde una sanción de 500€ y 6 puntos, pero entiendo que no me corresponde retirada de carnet. Me gustaria saber si es correcto o no, y en el caso que su hubiese retirada cuantos meses serian.
    Gracias

  • Hola!, tengo la misma duda que Alberto y Antonia, pero nadie les ha contestado. A mí también me han puesto una multa con una infracción cometida el 5/12/09 si bien la mnotifican ahora en marzo, la diferencia del importe de la multa es abismal, en el 2009 es de 140 € y en el 2010 de 300€. Entiendo que se debe estar a la fecha de comisión de la infracción pero no estoy segura. Por favor, podrúan contestar, gracias.

  • yo_mismo yo_mismo dice:

    A mi en el 2010 me cazan en autovia a 151 km y me llega la multa en marzo de 2010 con sanción de 100 €.

  • yo_mismo yo_mismo dice:

    Se me informan es que la nueva tabla de sanciones y puntos por exceso de velocidad sera aplicada a partir del próximo 25 de mayo de 2010.

    • Secretario Secretario dice:

      Donde viste eso??

      Me han cogido a 122 en poblado (50 de limite) me meten 520 € , 6 puntos y la casilla de “tiempo retirada autorización” se queda en blanco. Los guardias me dicen que he tenido mucha suerte, supongo que por lo que entrara en vigor el 25 de Mayo como dices, pero me da miedo que me quiten el carnet que neceito para trabajar.

      Puedes decirme donde verificar este dato??

      Saludos

  • yo_mismo yo_mismo dice:

    según me informan es que la nueva tabla de sanciones y puntos por exceso de velocidad sera aplicada a partir del próximo 25 de mayo de 2010.

  • Alex Alex dice:

    ola a todos,…..:( me han puesto una multa de 400€ por ir a 88km/h en una calle de 50…..a mi no me parece algo normal esta multa….se han vuelto locos todos…..toda la genta va a la misma velocidad en la zona……porque es una zona deshabitada……:((

  • por qué c… los catalanes y los vascos tenemos el margen de error de los radares más bajo??? que no son los mismos radares? en toda España un 10% de margen de error y en el país vasco y catalunya la mitad o menos malditos h… de p… no tienen vergüenza no hay ningún motivo para que nos multen más!

  • Pillada en autopista a 152 km/h. Sancion 300 € y -2 puntos descuento por pronto pago 50% total a pagar 150 €.

    Esta infraccion con la norma anterior tenia una sancion de 100 € y ningun punto, con el descuento del 30 % la sancion se quedaba en 70 €.

    Lo que supone que han aumentado un 214 % !!!!!LADRONES!!!!!
    Donde esta la publicidad engañosa de que no piensan recaudar mas.

    Para mas inri lo curioso es que siempre la velocidad que denuncian esta justo en el limite de la infraccion superior, ya es mala suerte.

  • CARMEN CARMEN dice:

    mi pregunta es la siguiente. 240 euros más la retirada de 2 puntos, es lógico por circular a 81 KM/H, cuando lo permitido es 50 km/H. Alguien me puede ayudar a saber si esto es normal?

  • fidel fidel dice:

    Hola
    De acuerdo a las nuevas disposiciones,yo como transportista de un furgon circulo a 90 por autopista, 80 carretera con arcen y 70 sin arcen, por supuesto recibo multas de los radares moviles. Ni que hablar de la falta de atencion que provocan estas velocidades en autopistas vacias y tramos largos, donde la monotonia llama a la desconcentracion, que solo se pone para tratar de no pasarse los radares, tanto fijo como moviles y el control del tacometro para no exceder los limites impuestos.
    Quisiera que la DGT, me explique como hago para circular entre 70 y 80 por ejemplo en la NII entre castellon y Tarragona, cuando los trailer por lo general circulan a 90 y 95, y ya me ha pasado que me ponen el morro encima y hasta uno que me ha intentado pasar, me ha obligado a frenar para evitar que chocase de frente al no contar con la distancia de paso suficiente. Que diria la DGT de las retenciones que provocaria a las horas pico y sin contar con los probables accidentes que podria provocar por la impaciencia de los demas conductores.
    Creo que esta bien claro,que aqui lo unico que se persigue es la recaudacion, demas esta tambien aclarar que quieren tener robots que cumplan unas normas anacronicas y que no tengan libre albedrio para adecuar la conduccion a variables como tiempo, clima, horarios, tipos de carretera, etc. Una buena conduccion no se consigue con prohibiciones de otro siglo, sino con conductores con una buena enseñanza y cultura de la misma.
    Se tendria que castigar al mal conductor que no circula por la derecha, no usa los retrovisores, no respeta al que lo quiere pasar acelerando de manera irresponsable y tantos otros hechos imprudentes.
    Prueba de esto es la comparacion de la tasa de accidentes de Alemania donde hay autopistas sin limites y España con un maximo de 120 km, donde la diferencia la hace el conductor y no las normas obsoletas, para este siglo XXI.

  • Manu Manu dice:

    Buenas, me gustaría me resolvierais 1 duda, veo que aqui hay muchos forer@s con una gran sabiduría en el tema circulación vial,mi pregunta es la siguiente:
    Hoy día 15/08/10 sobre las 8am pudo ser que me cazara un radar en autopista (120) a unos 140Km/h, mi coche esta a nombre de mi hermana cn lo cual la sancion llegaria a su domicilio, me gustari saber donde puedo mirar si me han cazado (sitio web).

    De antemano muchisimas gracias.
    Un abrazo.

 

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