Tras cuatro años desde que la Asociación de Campings y Ciudad de Vacaciones de Barcelona presentara el recurso ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJ de Catalunya, frente al Decreto 47/2005 del 22 de Marzo del Departament de Medi Ambient de la Generalitat de Catalunya ( en el que se aprobaba el Reglamento de los tributos gestionados por la Agencia Catalana del Agua), dicho tribunal ha fallado a favor del demandante.

Este fallo beneficia a los campings de la asociación barcelonesa, pero también a todos los campings de Catalunya y a todas las empresas industriales sometidas al Canon del Agua.

Según informa el presidente de la asociación, Francisco José Caballé de Pol, «no siempre acostumbra a ser el sector del camping el que plante cara a las administraciones cuando éstas pretenden avasallarnos y que, además de defender nuestros legítimos derechos como empresas creadoras de empleo y riqueza para el País, nuestros esfuerzos sirvan también para la defensa de otros sectores». «El prestigio no se gana con lamentaciones sino actuando cuando la razón nos asiste, pues estamos en un Estado Democrático y nos ejercitamos poco», sentencia Caballé de Pol.

Fuente original: Campingsalon

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