Entradas etiquetadas con Servei Català de Trànsit

Circular hasta los 130 kilómetros por hora en la zona 80 no restará puntos

0

Los conductores que no superen los 130 kilómetros por hora en las vías de acceso a Barcelona limitadas a 80 no perderán puntos a partir de este miércoles después de que el martes se publicara en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la nueva Ley de Tráfico que aprobó el Congreso de los Diputados el 29 de octubre. Igualmente, los expedientes en tramitación por esta sanción se archivarán.

Aparcar en el carril bus y conducir sin el alumbrado cuando sea obligatorio también dejarán de restar puntos del carné a partir de mañana, así como circular por autopistas o autovías con vehículos con los que esté expresamente prohibido hacerlo y conducir con un vehículo con una ocupación que suponga aumentar un 50 por ciento o más el número de plazas autorizadas.

Además, conducir de forma negligente, aumentar la velocidad para evitar ser adelantado, así como parar o estacionar en las curvas, cambios de rasante, túneles, pasos inferiores, intersecciones o cualquier otro lugar peligroso que constituya un riesgo a la circulación o a los peatones tampoco restará puntos. No obstante, todas estas conductas seguirán conllevando una sanción económica.

La nueva ley establece que al día siguiente de publicarse en el BOE entrarán en vigor las consecuencias positivas para los conductores de la norma, lo que implica que la Dirección General de Tráfico (DGT) no retirará los puntos de los expedientes de multas que hayan sido recurridos por alguna de las infracciones que dejan de restar puntos, aunque sí cobrará la sanción económica.

SE SANCIONARÁ A LOS INFRACTORES DE LOS 80

El director del Servei Català de Trànsit (SCT), Josep Pérez Moya, recordó cuando se aprobó la reforma que los conductores que superen los 80 kilómetros por hora en los accesos de Barcelona “serán sancionados” como hasta ahora, aunque ya no pierdan puntos si no van a más de 130 kilómetros por hora.

En declaraciones a Europa Press, Pérez Moya aseguró que lo “más importante” de la Ley de Tráfico es que agiliza el proceso sancionador, y la calificó de “necesaria e imprescindible”.

Consideró que es un “error” el punto de ley en el que se determina que en autopistas y autovías en las que la velocidad máxima está limitada a 80 kilómetros por hora, como en los accesos a Barcelona y otras ciudades, se restarán puntos del carné de conducir sólo si se superan los 130 kilómetros por hora, cuando antes el límite era 110, porque va contra las políticas de seguridad vial.

“El permiso por puntos va muy ligado a las políticas de seguridad vial, y esta medida va contra las políticas de seguridad vial”, aseguró el director de Trànsit.

Fuente original: Europa Press.

Artículos relacionados:

La norma mantiene al final el margen de error de los radares

0

La introducción de un nuevo párrafo subsana los equívocos generados

La nueva ley incorpora una tabla de sanciones por exceso de velocidad que, interpretada de forma literal, daba a entender que se iba a castigar a partir del primer kilómetro por hora de más. No es esa la intención de Tráfico, que asegura que respetará los márgenes de error de los radares.

Para dejarlo claro, CiU, a petición del RACC, introdujo una enmienda en el Senado que establecía que las sanciones se apliquen «contemplando los límites de los márgenes de error previstos en la legislación vigente», que oscilan entre el 3% y el 10%. La DGT, los Mossos y la Ertzaintza acordaron tras la puesta en marcha del carnet por puntos respetar el umbral mayor.

LA OPINIÓN DE TRÀNSIT

Sin embargo, la enmienda convergente fue de nuevo malinterpretada. El Servei Català de Trànsit consideró que su aceptación traería una subida «encubierta» de los límites, según su director, Josep Pérez Moya, algo que desaprueba.

Finalmente, todos los grupos acordaron introducir un párrafo en la ley que suaviza la propuesta de CiU. Dice que los radares «estarán sometidos a control meteorológico en los términos establecidos por la ley 3/1985». Este añadido no supone que se pueda correr más. Porque si en una autopista se circula, por ejemplo, a 130 kilómetros por hora, el radar se puede equivocar dentro del margen y considerar que se va a 140, lo que sí está sancionado.

Fuente original: El Periódico de Catalunya.

Artículos relacionados:

Ir arriba