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Los seguros para cámper

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Ahora que se acerca el verano muchas personas deben estar pensando en el seguro para cámper, un vehículo ágil con las prestaciones de un turismo y el equipamiento de una autocaravana.

El uso de cámper

Cámper es un híbrido de coche que va entre la furgoneta y la autocaravana. Muchas personas eligen estos vehículos polivalentes para sus viajes de ocio por ser vehículos ágiles, con las prestaciones de un buen turismo familiar y el equipamiento de una autocaravana. Y así de esta manera tenerlo todo en uno. Sobre todo ahora que se acerca el verano muchas personas deben estar pensando en el seguro para cámper, en el caso de que posean una. ¿Sabría por dónde empezar?

Internet nos ayuda

No se preocupe demasiado ya que la red nos ofrece la posibilidad de sumergirnos para consultar de manera fácil, rápida y cómoda aquellos asuntos que nos preocupan. Y como, también los seguros para cámper. Con Internet podemos ojear todas y cada una de las aseguradoras que ofrecen algún tipo de servicio para este vehículo. Además, una vez elegida la póliza, podemos establecer comparativas entre aseguradoras, modalidades, coberturas y/o precios gracias a unos buscadores de seguros. Y es que, inevitablemente, para muchas personas Internet se ha convertido en el medio ideal para elegir su seguro, buscar información y, por qué no, hacer la contratación de nuestra furgoneta.

Comparadores en la red

Esta herramienta ha conquistado el mundo del sector asegurador. Desde la aparición de Internet, las páginas para comparar seguros on-line se han reproducido como la espuma. Y es que estos directorios ofrecen un servicio de comparación instantánea y gratuita de la póliza que estamos interesados en diferentes aseguradoras del mercado. De esta manera, podemos elegir el seguro de cámper que más nos convenga según el precio, las coberturas, la calidad…

Fuente original: Comparación de seguros.

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El mundo de los seguros de caravanas

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Hacerse con uno de los seguros de caravanas que se ofertan en el mercado español puede ser una tarea ardua como consecuencia de la negativa de las aseguradoras ante este tipo de vehículos.

Obligatoriedad de seguro

Viajar por todo el mundo con su caravana es posiblemente uno de los sueños de tantos individuos y/o familias. No es algo tan descabellado pero para ello necesita contar con alguno de los seguros de caravanas que se ofertan. Al igual que el resto de los vehículos, la caravana necesita estar asegurada para poder hacer frente a cualquier imprevisto o siniestralidad que pueda surgir. Lo malo es que no todas las compañías están dispuestas a cumplir con este requisito. Pero, como mínimo, se ha de contar con una póliza de seguros de caravanas de responsabilidad civil que cubre las garantías más básicas.

Oferta reducida

A pesar del gran número de compañías aseguradoras existentes en nuestro mercado, no todas están dispuestas a asegurar un vehículo tan especial como la autocaravana. Así que los amantes de los campings y de los viajes en carretera con la caravana a cuestas lo tienen algo difícil, pero nada imposible. Es tan grande el recelo que muchas de las aseguradoras tradicionales se oponen a asegurar a todo riesgo este tipo de vehículos y como máximo se pueden conseguir los seguros de caravanas a terceros. Sin embargo, hay una gran oferta de empresas en internet e incluso contratar una correduría si no somos expertos tampoco es desaconsejable.

Precios

El precio de los seguros de caravanas depende de una serie de factores como los datos de la caravana, los datos del conductor y el tipo de póliza que queramos contratar dentro de los seguros de caravanas. Sobre todo, hay que tener muy en cuenta la edad y los años de permiso de conducir de la persona que va a figurar como titular, debido a que, como en la mayoría de los vehículos, la experiencia y veteranía tienen un papel destacado a la hora de cerrar el precio del seguro. Por otro lado, la antigüedad, marca y potencia de la caravana también es un valor añadido. Así que antes de contratar la primera que se nos aparezca, mejor comparar precios y coberturas.

Fuente original: Comparación de seguros.

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Ya no es obligatorio llevar el recibo del seguro en los vehículos

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Los agentes lo comprobarán telemáticamente. -El nuevo Reglamento del Seguro Obligatorio mejora la cobertura y agiliza el pago de las indemnizaciones

- Buenos días

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- El recibo del seguro y la documentación

Este diálogo entre un agente de la Guardia Civil y un conductor, que se ha repetido millones de veces en las carreteras españolas, es historia desde el pasado lunes, cuando entró en vigor el nuevo Reglamento del seguro obligatorio. Ahora los Agentes de Tráfico deberán comprobar con los sistemas a su alcance si el vehículo tiene seguro y en caso afirmativo, si la póliza está en vigor. El no llevar el justificante de haber pagado la póliza en el vehículo conllevaba una multa de 60 euros. Este hecho se enmarca en la filosofía de no pedir al ciudadano documentos que ya obran en poder de la administración.

Los agentes serán ahora los encargados de comprobar si el vehículo tiene contratado el seguro obligatorio, bien a través de los 12 coches equipados con tecnología para detectar a quienes circulen sin estar asegurados, o bien a través de una consulta telemática o por radio al Fichero Informativo de Vehículos Asegurados (FIVA).

Según Tráfico, “sólo en el caso de que no conste en dicho archivo la existencia del seguro o no sea posible realizar en ese momento la consulta”, el agente solicitará el recibo al conductor. Circular sin seguro está castigado con una multa de hasta 2.600 euros y la retirada de cuatro puntos del carné. No obstante recomiendan que se siga llevando el justificante de pago.

Según el Consorcio de Compensación de Seguros, unos 400.000 vehículos transitan por las carreteras españolas sin ningún tipo de cobertura. En 2007, se tramitaron 160.000 denuncias por no llevar justificante. En caso de no tener seguro, los agentes también podrán inmovilizar, precintar y enviar el vehículo a un depósito.

El nuevo reglamento también mejora la cobertura en caso de siniestro y agiliza el pago de las indemnizaciones a los afectados.

Fuente original: El País.

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