Entradas etiquetadas con Instrucción 08/V-74

Demagogia

0

La RAE, en su segunda acepción, define a la demagogia como: “Degeneración de la democracia, consistente en que los políticos, mediante concesiones y halagos a los sentimientos elementales de los ciudadanos, tratan de conseguir o mantener el poder”. Por su parte Wikipedia cita a la demagogia como una política que apela las emociones para ganarse el apoyo popular.

Por extensión el uso popular del vocablo se aplica a los argumentos que utilizan las personas o grupos para atraer adhesiones a un acto o idea apelando a las emociones y no a las razones.

El día 30 de octubre se va a celebrar una concentración autorizada de autocaravanistas para “reclamar el cumplimiento íntegro de la instrucción 08/V-74, así como reclamar del Estado nuestro derecho a no ser discriminados, acosados y perseguidos por el uso de un vehículo legalmente autorizado”

En estos términos se expresa la persona que solicita la celebración de lo que en principio era una marcha reivindicativa y se autoriza como una concentración de dos horas en uno de los extremos de Madrid.

El desafortunado texto que justifica la celebración del evento refleja unos sentimientos que se han ido cultivando a través de muchas intervenciones incendiarias en el foro de ACP. Intervenciones promovidas por una serie de usuarios exaltados que utilizan el medio para sus fines y que han ligado su nombre a los panfletos de propaganda.

Sentimientos y no razones porque en el texto que justifica ante la administración la solicitud de convocatoria del evento no hay ningún argumento sólido.

Solicitar el cumplimiento íntegro de la ITC 08/V-74, al margen de las calificaciones que tal pretensión merece, significa apoyar una serie de cuestiones que requieren un análisis más profundo, entre ellos el cumplimiento de los límites de velocidad para la autocaravana que la DGT estima convenientes y que lesionan gravemente los intereses de los autocaravanistas.

Pero lo más importante es que la citada ITC interpreta normas legales que inciden únicamente en el uso de la autocaravana como vehículo y se exime de interpretar, en el ámbito de las leyes de tráfico, cualquier uso de la autocaravana como alojamiento.

Incluir esta frase entre las reclamaciones que justifican el evento significa un profundo desconocimiento, por parte de los convocantes, del texto y de su rango normativo. Esta frase apela a las emociones, a la irritación de un pequeño grupo de usuarios sin razones ni bases del derecho que la apoyen. En suma, demagogia al servicio de las intenciones e intereses de alguno de los convocantes.

Tampoco tienen desperdicio las frases siguientes de la reclamación objeto de la convocatoria: “La discriminación, la persecución y el acoso de los autocaravanistas“, “urbi et orbe”, responde al sentimiento de unos pocos autocaravanistas enrocados en el foro de ACP. Sentimiento que ha sido cultivado y alimentado durante los diez meses que han mediado desde que un exaltado provocador convicto y confeso publicara su “rebote y movilización”, cuyo capítulo pertenece ya de pleno derecho a la historia negra del movimiento autocaravanista.

Es cierto que hay poblaciones hostiles cuyas administraciones locales consideran que el uso de las autocaravanas como vivienda debe realizarse en los camping y promueven Ordenanzas Municipales, presuntamente ilegales, en las que se prohíbe pernoctar..

También es cierto que hay motivos suficientes como para que los autocaravanistas sintamos que en algunos lugares, unos pocos aunque significativos, se nos discrimine de alguna forma y ésto sea causa de un malestar justificado. Pero de ese malestar a afirmar que somos acosados y perseguidos por el uso de un vehículo legalmente autorizado, hay un trecho.

La afirmación tal como está transmitida a las autoridades es una verdad a medias lo que constituye una falsedad y una falsedad transmitida a la administración hace un flaco favor al colectivo.

Lo que se prohíbe mediante una figura legal como son las OOMM, es una forma de uso del vehículo y no el uso del vehículo como tal.

La autocaravana es un vehículo que tiene dos funciones diferenciadas: servir de transporte y servir de alojamiento. La función de transporte de pasajeros, circulación y estacionamiento, vacía, está regulada por las leyes de tráfico y, salvo algunas pocas poblaciones se respetan las normas.

Sin embargo estas limitaciones no constituyen hoy en día un gran problema para la movilidad de las autocaravanas. Las Ordenanzas Municipales que prohíben estacionar en las vías públicas locales son claramente ilegales y el propio ordenamiento jurídico español contiene los mecanismos legales para recurrirlas. La única vía inadecuada es recurrirlas por medio de una protesta en Madrid. Sobre todo cuando esta protesta enmascara la únicas vías eficientes para hacerlo.

El verdadero problema que se está gestando en España y que crece día a día son las Ordenanzas Municipales que equiparan la pernocta o el uso de las autocaravanas como vivienda a la acampada, prohibiendo o limitando de forma lesiva el uso de la autocaravana como vivienda.

Hay formas y argumentos para enfrentarse con el problema, pero ninguno de ellos es reclamar el cumplimiento dela ITC 08/V-74 y tampoco las afirmaciones de que se nos persigue, se nos acosa o se nos discrimina. Porque las medidas restrictivas utilizan las leyes. Leyes diferentes al ámbito que ha producido la ITC 08/V-74 y que mientras no se recurran o se maticen son legales.

El uso de la autocaravana como alojamiento requiere una regulación que debe partir de los ayuntamientos. Una regulación al amparo de las leyes que impidan una prohibición general y garantice un lugar, fuera de los camping, donde pernoctar en una autocaravana estacionada en cualquier término municipal. Unas leyes que no están en manos del Gobierno Central en Madrid sino en las Comunidades Autonómicas.

El derecho es el orden normativo institucional basado en postulados de justicia. Para que el derecho exista debe estar reflejado en la normativa legal sometida ésta a la Ley de Leyes. Un derecho no existe si no está recogido en los textos legales.

Ninguna algarada de 300 ciudadanos va a conseguir modificar unos textos presuntamente ilegales tales como las Ordenanzas Municipales de un ayuntamiento publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia. Estos textos legales sólo se pueden modificar a través de los cauces establecidos utilizando los argumentos adecuados, basados en el derecho.

Para hacerlo, es necesario demostrar que el derecho a utilizar una autocaravana como vivienda durante el mismo tiempo que un turismo puede estar estacionado en la misma plaza es compatible con los textos legales de rango superior. Ese derecho no está recogido en la normativa de Seguridad Vial, cuyos textos únicamente interpreta la ITC 08/V-74, ya que la DGT carece de capacidad legislativa.

La manifestación pública al estilo sindicalista no va a hacer legal algo fuera de los cauces, porque aunque la manifestación sea un derecho de los ciudadanos no significa que ésta sea por un motivo legítimo ni garantiza que la administración vaya a escucharlo.

Una manifestación o una protesta pública y menos en Madrid tampoco va a ilegalizar lo que en principio es legal, mientras no se demuestre lo contrario en los juzgados. Porque la decisión no depende del Gobierno Central, porque quienes pueden hacerlo están lejos de Madrid y porque el Gobierno Central no tiene medios para legislar en materias que están transferidas y las leyes de Seguridad Vial no tienen competencias en materia de acampada.

La concentración se va a celebrar, sin duda. También por parte de los organizadores se va a considerar un éxito. Sea por la asistencia de 100, 300 o 500 autocaravanas. Se va a considerar un éxito de organización aunque el número sea inferior a algunas quedadas de 48 horas celebradas por las asociaciones. Aunque una marcha que pretendía colapsar el centro de Madrid se haya quedado reducida a una concentración de un par de horas.

El ambiente va ser, sin duda exquisito, se van a reforzar los lazos de amistad y camaradería entre los asistentes, igual que una quedada de club, y se va a consolidar la emoción y el sentimiento de acoso, persecución y discriminación entre los asistentes.

Se va a considerar un éxito de comunicación aunque las administraciones a través de los asistentes y convocantes perciban una imagen que no es real y distorsionada de los problemas de los autocaravanistas. A pesar de la cobertura que dé la prensa o del tratamiento que haga de las reivindicaciones. Da igual.

Sin embargo, con la concentración va a haber ganadores y perdedores. Ganarán los convocantes y perderán las asociaciones que se han opuesto desde el primer momento a esta convocatoria y a esta forma de convocar.

Quien no va a ganar es el movimiento autocaravanista. Durante la convocatoria se ha profundizado en la brecha existente entre diferentes grupos de autocaravanistas, entre los clubes que no han secundado la convocatoria y los detractores de las asociaciones. Ha ganado la demagogia y en definitiva el movimiento autocaravanista en su conjunto es el claro perdedor.

En primer lugar por la imagen que la concentración de protesta va a proyectar en la sociedad. En segundo lugar porque se deteriora la imagen de las asociaciones ante la administración que van a percibir la división entre el colectivo sin que los que provocan la división ocupen los huecos. Y en tercer lugar por la imagen distorsionada de los problemas del sector que proyectan los convocantes ante la administración.

En definitiva, para muchos la concentración será un profundo fracaso porque no habrá servido para aportar soluciones en ninguno de los ayuntamientos hostiles, sino todo lo contrario.

Arsenio Gutiérrez Labayen.

Fuente original: Autocaravanismo Activo.

Artículos relacionados:

Reflexiones sobre la convocatoria de manifestación de autocaravanas prevista para el día 30 de octubre en Madrid.

0

Desde siempre he sido una persona que he tratado de mantener como principio, el de al resolver un problema lo primero que uno debe de hacer es estudiar este sosegadamente y tratar por todos los medios de llegar a su solución por la vía menos gravosa para las partes, aunque también soy consciente que a veces esta actitud de pensamiento, dependiendo de qué personas o estamentos te encuentres en el camino, por mucho que lo intentes, no siempre es posible adoptar una postura sosegada o de razonamiento mutuo.

Ni que decir tiene que siempre hay que tener presente que la huelga o manifestación, como medio legal y constitucional al alcance de los ciudadanos que se sientan perjudicados o agraviados por alguna causa, es una herramienta legal que en algunos casos está más que justificado el utilizarla. Pero entiendo que este es un derecho que siempre se debe de usar o ejercer cuando otras vías ya se han utilizado o agotado.

En el caso que nos afecta a los autocaravanistas en nuestro legítimo derecho de utilizar una autocaravana racionalmente como nuestro medio de ocio con normalidad, sin que nadie nos tenga que mirar con recelo o tratar injustificadamente por lo que colectivamente no somos, ni tampoco representamos o soportar la cada vez más frecuente injerencia en nuestros asuntos de algunos intereses económicos partidistas, confundiendo con sus cada vez más frecuentes intervenciones en los medios informativos a su alcance, que por su mala costumbre a la que algunos ya nos tienen acostumbrados de dejarse llevar o utilizar por los primeros intereses que llaman a su puerta en plan alarmista, sin estudiar mínimamente los asuntos a publicar como debería de ser su obligación y profesión y buscar otros puntos de vista antes de tomar postura sin pensarse dos veces el daño que pueden hacer, dirigiendo comentarios a la administración y a la ciudadanía en general, cuando no actuando directamente ante estos, ubicándonos dentro de unos intereses que deben ser de libre elección y no de obligación o de imposición.

Aunque soy consciente de que algunos ya lo sabéis, sin embargo creo que convine recordar que en los últimos años desde la reciente y emergente práctica del autocaravanismo en España, en mi opinión, se han dado pasos importantes en varios frentes y actuaciones entre las que destacan las instituciones del Estado y creo que estos se han dado, teniendo en cuenta las posibilidades y los medios a nuestro alcance, en la vía adecuada que estos se deben de dar para con ello tratar de normalizar una actividad de ocio que hasta hace poco en nuestro país muy poca gente conocía.

Con el sacrificio tanto material como personal de unas pocas personas dedicando parte de su esfuerzo en tratar de salvar las zancadillas de “los de siempre”, se ha conseguido por primera vez en la historia del autocaravanismo en nuestro país, convencer a políticos con capacidad y competencia en estos asuntos y con ello llevar por dos veces a las dos Cámaras de Las Cortes Generales, lugar donde reside el poder legislativo de nuestro país, el proyecto de un colectivo minoritario, el cual, en ambos casos, ha sido aprobado por asentimiento general de todos los grupos parlamentarios y como consecuencia el proyecto inicial resultó ser un rotundo éxito, al salvar uno de los pasos más difíciles para introducir o normalizar cualquier cambio o actividad en nuestra sociedad: ser aprobado en Las Cortes Generales. Fruto de esta iniciativa se creó un grupo de trabajo especifico en el seno del Consejo superior de Tráfico y Seguridad Vial, el cual y después de un año de trabajo ha emitido un informe con las conclusiones del trabajo, en forma de una publicación avalada esta por el Ministerio del Interior y la Dgt, denominado “La Movilidad en Autocaravana, Contexto actual y propuestas de actuación”. Dirigido principalmente hacia la administración en general como herramienta de ayuda para desarrollar en nuestro país la nueva modalidad de ocio del turismo en autocaravana. para más información Pinchar aquí

Al mismo tiempo, en vista de este trabajo y con el ánimo de que las distintas administraciones competentes continúen con la labor del desarrollo en España de la actividad autocaravanista, el Organismo de la DGT. Organismo redactor del RGCV, conforme a sus competencias, hace una interpretación del citado reglamento, emitiendo la Instrucción 08/V-74 aclarando en la misma las distintas partes de este que le afecta a una autocaravana como vehículo, especialmente en las maniobras de parada y estacionamiento.

Desde entonces a esta parte, a mi modo de ver, ha trascurrido el período de tiempo, creo que amplio y necesario, que en la mayor parte de las veces el Estado y las distintas administraciones implicadas en la materia necesitan para poder observar el comportamiento de cualquier proyecto, que se intente introducir en la sociedad o de qué manera este es aceptado implementado o rechazado por esta o por la administración en general y así poder ejercer las tareas de gobierno, que todo proyecto necesita introduciendo los cambios necesarios que este requiera, hasta conseguir la buena armonía entre la sociedad y los distintos intereses de esta.

Sin embargo y después de todos los pasos dados y de haber superado el paso político, a mi entender el más complicado y difícil, a día de hoy tenemos que reconocer que los resultados en la práctica y en el desarrollo de la creación de las condiciones para que el autocaravanismo se practique con normalidad, no han sido todo lo esperado o lo apetecible, aunque también soy consciente, que al igual que en otros países a sucedido, ejercer las tareas de Estado llevan su tiempo y su ritmo.

A mi modo de ver, creo que la complicada y difícil forma de gobierno compartido contemplada en nuestra constitución, hace que en la práctica lo que emana de los acuerdos de las Cortes Generales o de los órganos del Estado como en el caso de la DGT, no todas las veces son respetados por algunas de las administraciones locales o regionales, acompañado todo esto por la poca visión o seguimiento por parte de los representantes de los autocaravanistas, que en vez de comprender y trabajar aportando ayuda y conocimiento en aquellas vías y con las personas que nos pueden llevar a normalizar todo esto, se dedican a complicarles la vida, cuando no insultando o despreciando su trabajo o enfrentándoles entre sí a los políticos o a la gente del Estado, que nos gusten o no, son quienes tienen competencias para poder sacar esto adelante, situación que hace que con sus incomprensibles posturas y decisiones, después de todo lo que se ha trabajado, aun se mantenga en jaque, por algunas administraciones, a miles de familias de autocaravanistas que viajan por España.

Debemos tener presente que el asunto ya no está ni es competencia del poder político o de los parlamentarios, estos después de haber sacado el proyecto adelante en las cámaras, que es donde residen sus competencias, Las Cortes Generales y el poder político ya dieron orden al Gobierno, al poder ejecutivo, para que este ejecute y así se cumplan los acuerdos parlamentarios.

Entiendo que llegado a este punto ante cualquier arbitrariedad o abuso de poder de cualquier administración, son los órganos del Estado quienes tienen que ser garantes y velar por los derechos de los ciudadanos, máxime cuando estos derechos emanan directamente de los acuerdos parlamentarios de Las Cortes Generales.

Quizás el Estado en los abusos contra los autocaravanistas que se están dando en nuestro país no está ejerciendo como le corresponde sus tareas o competencia en función del difícil y necesario equilibrio, que tiene que mantener frente a las comunidades autónomas o las administraciones locales, pero esta complicada situación de gobierno compartido no justifica que no se protejan los derechos e intereses de los ciudadanos que administra o que aplique sus claras competencias constitucionales, como ya lo ha hecho en más de una ocasión, en el ayuntamiento de Marbella, en la reciente intervención y limitación en el gasto de algunos ayuntamientos de nuestro país que se estaban excediendo en este etc.

Por todo ello entiendo que después de los pasos que se han dado y trascurrido el tiempo necesario ha llegado la hora de reclamar que el Estado haga cumplir los acuerdos de las cámaras y para ello el ejercer el derecho constitucional de la manifestación está más que justificado.

Lo desafortunado de todo esto es que tengan que ser unos centenares de usuarios de autocaravana, unos asociados a las organizaciones autocaravanistas y otros no, quienes tengan que tomar la decisión de manifestarse en Madrid, porque los dirigentes de la mayoría de asociaciones nacionales de autocaravanistas haciendo gala de la poca responsabilidad e implicación que desafortunadamente les caracteriza, siguiendo al pie de la letra actuaciones anteriores contra todos aquellos que se les ocurra mover un dedo sin su consentimiento y que a lo largo del tiempo nos están demostrando cada vez más, que ni han sabido ni saben relacionarse con los políticos, ni con el Estado, que aun no entienden donde reside el problema y que la convocada manifestación para ellos no solo no está justificada sino que algunos de ellos están haciendo todo lo posible para que esta fracase.

Por todo ello entiendo que son sobradas las razones para acudir a Madrid el día 30 de octubre en demanda y reclamación de que se respeten nuestros derechos como ciudadanos. Personalmente no se aun si podré estar en Madrid para esa fecha, ya que tengo que atender otros compromisos y necesidades, si puedo allí estaré y si no tenéis todo mi apoyo y agradecimiento.

Pedro Ansorena.

Fuente original: Pulpo Justiciero.

Artículos relacionados:

Recurrir multa: Estacionamiento prohibido únicamente a Autocaravanas

0

Sacado de la web http://www.viajarenautocaravana.com/ os dejo un extracto que merece la pena saber, memorizar y recitar en el momento debido, para evitar las multas, ya que estas son ilegales, como se puede apreciar en la Instrucción 08/V-74 de 28 de enero de 2008.

Qué se debe hacer en caso de denuncia por estacionamiento prohibido únicamente a autocaravanas en las vías públicas:

En primer lugar solicitar al agente que indique la normativa que prohíbe el estacionamiento a las autocaravanas.

Hacer constar la situación de estacionamiento correcto en el boletín de denuncia.

Si existe la normativa solicitar una copia para un posterior recurso.

Si la prohibición de estacionamiento está indicada con una señal inexistente en el catálogo oficial como, por ejemplo, un pictograma con la silueta de una autocaravana, hacer constar esta situación en el boletín de denuncia.

Hacer fotografías, si es posible, del lugar de estacionamiento y de las señales utilizadas para indicar la prohibición.

Si el agente te invita a abandonar una plaza de estacionamiento:

Ante todo una actitud firme y educada. Solicitar del agente la normativa local que prohíbe o limita el estacionamiento a una autocaravana.

Es conveniente llevar el Código de la Circulación (LTCSV) o al menos una copia de los artículos 90 al 94, así como el Anexo II del RD 2822/1998. También sería conveniente llevar un documento que defina la autocaravana desde un punto de vista legal y su potencial económico desde un punto de vista turístico para entregar a los agentes.

Además, como aporte personal contrastado:

  • Pedir amablemente al agente, su número de placa.
  • No firmar la multa.
  • Anotar alegaciones en la multa en el caso que nos hagan firmarla si o si.
  • Si el agente nos inoportuna en medio de la noche, y se empeña en que abandonemos el lugar, decidle que si, pero que os dirigiréis inmediatamente al Juzgado de Guardia, para interponer la denuncia, en la que constará su número de placa.

Ante todo mostrad calma, firmeza y educación, porque por desconocimiento de la normativa, y la libre actuación de los municipios, nos caen las multas, pero en estos casos tenemos la ley de nuestro lado.

Fuente original: Miss Kilómetros.

Artículos relacionados:

Remolque de un vehículo por medio de una autocaravana

0

En cumplimiento a su corrreo electrónico de fecha 01 del presente mes de marzo, dimanante del fax de la Agregaduría de la Embajada de España en París, núm. 49, de fecha 22/02/10, a través de la cual un ciudadano francés solicita información relativa a la legislación aplicable en España para circular con una autocaravana que “remolca” un vehículo marca “Secma, modelo Fun Tech”, el cual iría enganchado a dicha autocaravana por medio de una barra rígida sujeta al chasis del vehículo, circulando únicamente sobre las dos ruedas de atrás al ir las de delante suspendidas, (de forma similar a la reflejada en la foto inserta a continuación), por esta Escuela de Tráfico se emite el siguiente INFORME:

Fotografía número 1

Fotografía número 1

Fotografía número 1.-Sistema de enganche y remolque similar al que alude el ciudadano francés que formula la consulta.

El Real Decreto 2822/199 98, de 23 de diciembre (BOE núm. 22, de 26 de de enero de 1.999), por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos, en su artículo 9.3) – Conjuntos de vehículos-, DETERMINA:

“Los vehículos de motor no podrán remolcar a otro vehículo de motor, salvo en el caso de que éste se encuentre accidentado o averiado y no pueda ser arrastrado por otro específicamente destinado a este fin, supuesto en que está permitido el arrastre hasta la localidad o lugar más próximo donde e pueda quedar convenientemente inmovilizado y sin entorpecer la circulación, y siempre que no se circule por autopista as ni autovías”.

Teniendo en cuenta que “el remolque de un vehículo, como acción, significa el arrastre del mismo por otro”, debemos acudir al Real Decreto 1428/2003, de 21 de Noviembre (BOE. núm. 306, de 23/12/03), por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación, el cual en su artículo 130.5), viene a confirmar lo ya expuesto en el Reglamento General de Vehículos, al establecer:

El remolque de un vehículo averiado o accidentado sólo deberá realizarse por otro específicamente destinado a este fin. Excepcionalmente, y siempre en condiciones de seguridad, se permitirá el arrastre por otros vehículos, pero sólo hasta el lugar más próximo donde pueda quedar convenientemente inmovilizado y sin entorpecer la circulación. En ningún caso será aplicable dicha excepción en las autopistas o autovías”

La Guía Codificada de Infracciones de la Dirección General de Tráfico, en su edición correspondiente al mes de Noviembre de 2.008, en el mentado artículo 130.5), recoge como infracción, tras remisión a dicho artículo por el 9.3) del Reglamento de Vehículos:

Reglamento de vehículos

Reglamento de vehículos

Establecido el hecho de que, de conformidad con la normativa española antes referida, no está permitido el que un vehículo de motor remolque a otro, y más concretamente por medio de una autocaravana, que es lo que pretende el ciudadano francés, debemos acudir, para una mayor información al respecto, a lo dispuesto por la Dirección General de Tráfico, en lo sucesivo DGT, en su INSTRUCCIÓN 08/V-74, de fecha 28 de enero de 2.008 Asunto: Autocaravanas, a través de la cual se procedió a recopilar e interpretar en un único documento todos aquellos aspectos normativos que, relacionados con el autocaravanismo, se recogen en la legislación sobre tráfico y circulación de vehículos a motor, en su punto 8.-Transporte de vehículos auxiliares, determinada que:

“Es muy frecuente el transporte por las autocaravanas de vehículos auxiliares, normalmente bicicletas, un ciclomotor o una motocicleta de pequeña cilindrada. Esta práctica está autorizada siempre que se utilice un portabicicletas homologado o una plataforma destinada a esta finalidad y, cuando sobresalga de la proyección en planta de la autocaravana, se cumplan los siguientes requisitos conforme a lo dispuesto en el artículos 15 del Reglamento General de Circulación.

Que sobresalga de la proyección en planta de la autocaravana, por la parte posterior, hasta un 10% de su longitud y si fuera un solo vehículo (carga indivisible), un 15%.

Que se adopten todas las precauciones convenientes para evitar daños o peligros a los demás usuarios de la vía pública, debiendo ir resguardada la extremidad saliente para aminorar los efectos de un roce o choque posibles.

Deberá señalizarse por medio de la señal V-20 a que se refiere el artículo 173 y cuyas características se establecen en el anexo XI del Reglamento General de Vehículos. Esta señal se colocará en el extremo posterior de la carga de manera que quede constantemente perpendicular al eje del vehículo.

Se han formulado también consultas en relación con la posibilidad de que una autocaravana circule remolcando a un turismo, DICHA POSIBILIDAD ESTÁ PROHIBIDA en el artículo 9.3 del Reglamento General de Vehículos que no permite la circulación de un vehículo a motor arrastrando a otro, , salvo que ése se encuentre averiado o o accidentado y no pueda ser arrastrado por otro específicamente destinado a tal fin, en cuyo caso se permite su arrastre hasta la localidad o lugar más próximo donde pueda quedar inmovilizado sin entorpecer la circulación y siempre e que no se circule por autopista o autovía.

Sin perjuicio de lo anterior, la circulación de un conjunto de vehículos integrado por una autocaravana y un remolque o semirremolque sobre el cual se transporte otro vehículo, está permitida si el conjunto reúne las condiciones para la circulación por las vías públicas y está homologado conforme a las Directiva as 70/156/CEE y 94/20/CEE y además no supere la longitud máxima autorizada para estos conjuntos que es de 18,75 metros para los remolques y 16,50 metros para los semirremolques.

Fotografía número 2

Fotografía número 2

Fotografía número 2.-Situación en que quedaría el conjunto autocaravana-vehículo remolcado, tal como pretende el ciudadano francés, una vez acoplados ambos. (Prohibido)

De igual manera, al hilo de la pregunta formulada por el ciudadano francés, cabe destacar que de conformidad con lo dispuesto por la DGT, en su INSTRUCCIÓN 0 02/S-56, de fecha 22 de enero de 2.002, sobre “Improcedencia de formulación de denuncias por utilización de dispositivos de elevación y arrastre de vehículos para a su traslado en trayectos de largo recorrido”, contempla que la prohibición a la que nos estamos refiriendo, no le es de aplicación a los portavehículos, ya que según dicha Instrucción:

“… la prohibición establecida en el citado artículo 9.3) del Reglamento General de Vehículo os se refiere a los vehículos de motor no específicamente destinados a este fin, que podrán remolcar, únicamente a otro averiado o accidentado en las condiciones y con las limitaciones que se expresan en dicho precepto.

En consecuencia los vehículos especialmente diseñados y concebid dos para realizar estas funciones, como o es el caso de los camiones portavehículos que llevan instalado un dispositivo de elevación y arrastre, pueden remolcar un vehículo de manera que uno de los ejes repose sobre la calzada y, por lo tanto, no deberán ser objeto de denuncia aunque se realice el traslado en trayectos de largo recorrido”.

Del análisis legislativo referido al tema en cuestión, debemos concluir por consiguiente que el hecho de circular una a caravana remolcando un vehículo, el cual iría a enganchado a la caravana por medio de una barra rígida sujeta al chasis del vehículo, circulando únicamente sobre las dos ruedas de atrás al ir las de delante suspendidas, aunque el sistema de alumbrado vaya a conectado al vehículo tractor, NO ESTÁ PERMITIDA EN LA LEGISLACIÓN ESPAÑOLA.

Fotografía número 3

Fotografía número 3

Fotografía número 3.-Sistema de enganche mediante barra fija, desde la autocaravana al chasis del vehículo remolcado (Prohibido).

Lo que, participo a V.S., a los efectos que estime procedentes.

Mérida, 08 de Marzo de 2.010

EL CORONEL DIRECTOR,

José Luis Navarro Belmonte.

Fuente original: ASANDAC.

Artículos relacionados:

Se acerca la 2ª Marcha Reivindicativa ASANDAC

0
2ª Marcha Reivindicativa ASANDAC

2ª Marcha Reivindicativa ASANDAC

Del 4 al 6 de junio de 2010 tendrá lugar la 2ª Marcha Reivindicativa ASANDAC (Asociación Andaluza de Autocaravanas) en la que colaboran la FACC (Federación Andaluza de Clubes Campistas), AC Pasión y AECA (Asociación de Empresarios de Campings de Andalucía).

“Por tus derechos autocaravanistas” es el lema que reza en el cartel que anuncia la marcha. La concentración tendrá lugar en el Recinto Ferial de Vélez-Málaga (Málaga), coordenadas GPS: 36º45’32” N y 4º5’58.27” W.

“Que no te toreen” es el lema que acompaña a este texto:

Que no te toreen

Que no te toreen

La Asociación Andaluza de Autocaravanas convoca a todos los autocaravanistas a la II Marcha Reivindicativa, que va a tener lugar en las provincias de Granada y Málaga entre los días 4,5 y 6 de junio.

Para ello exigimos:

  • Respeto al Derecho Constitucional a la libre circulación y estacionamiento de nuestras autocaravanas en igualdad de condiciones que el resto de vehículos de su misma clasificación.
  • Acatamiento íntegro de la Instrucción 08/V-74 editada por la DGT.
  • Respeto y acatamiento íntegro del Manual de Movilidad en Autocaravana, aprobado y firmado el pasado mes de febrero de 2008 en la DGT, entre este Organismo, la FEMP, ASEICAR, MINISTERIO DE FOMENTO, JUNTA DE ANDALUCÍA (en representación de las CCAAs) y la PLATAFORMA DE AUTOCARAVANAS AUTÓNOMA (PACA).
  • Desarrollo real y efectivo de la Moción del Senado del 2006 aprobando la actividad autocaravanista.
  • La inmediata derogación o modificación de todas las Ordenanzas contrarias a los puntos arriba indicados.

La Junta Directiva de ASANDAC anima a todas las Asociaciones y Clubes autocaravanistas a que se unan a nuestras exigencias.

Artículos relacionados:

Encuesta de la semana: ¿Has hecho uso alguna vez de la Instrucción 08/V-74?

0

Ya es viernes y tenemos que cambiar de encuesta, aunque no terminan de tener la participación deseada.

Esta semana te preguntamos: ¿Has hecho uso alguna vez de la Instrucción 08/V-74?, y te proponemos dos posibles respuestas:

  • Si.
  • No.

Esperamos tu respuesta, tus comentarios y tus propuestas de encuestas para semanas futuras.

Artículos relacionados:

Instrucción 08/V-74

0

Tras detectar que faltaba la última página de la Instrucción 08/V-74 en el archivo PDF que teníamos publicado en Caravaning Blog, y comprobar que la noticia no estaba completa, hemos actualizado tanto el archivo PDF con la Instrucción 08/V-74 como la noticia que publicamos en su momento: Nueva normativa de la DGT para autocaravanas.

Con estas rectificaciones ahora sí está disponible la totalidad de la Instrucción 08/V-74 que debe acompañar a toda autocaravana o cámper que circula por España, ya que, y aunque parezca imposible, es desconocida por buena parte de los miembros de la Policía Local de las distintas localidades españolas.

Pedimos disculpas por la errata y esperamos que actualicéis vuestros archivos con la Instrucción 08/V-74 publicada hoy.

Descarga: Instrucción 08/V-74.

P.D: la fuente original del archivo PDF es del Sindicato de la Policía Local de Almuñécar.

Artículos relacionados:

Autocaravana y Discapacidad… ¿no es compatible…?

0

Pues eso, parece que las personas con discapacidad, es de extrañar ser usuario de la autocaravana, para algunos ayuntamientos, y a las pruebas me remito, este fin de semana pasado subi a Sierra Nevada para disfrutar con mi hijo de la estación, pero está claro que el Reglamento General de Circulación, no esta hecho para todos por igual, o al menos a la hora de interpretarlo, y bueno… nos toca sufrír las consecuencias del desconocimiento y dejadez para seguir perjudicando a ambos colectivos, (Autocaravanas y Discapacitados, en mi caso)… en fin, leed y opinad este correo que indignado redacte para el Ayuntamiento de Monachil y que todavía no he recibido contestación alguna….

Hola, me llamo Juan Jose ……… soy vecino de Granada, en C/……………. y me gustaría contarles mi indignación por las trabas que a lo largo del fin de semana pasado en Prado Llano he sufrido en mis propias carnes por tener una discapacidad:

Soy poseedor de una autocaravana, y al mismo tiempo tengo una gran invalidez del 65% y movilidad reducida, pues a causa de una accidente de trafico perdí ambas piernas a la altura de las rodillas, pues bien, hago vida casi normal a pesar de mi amputaciones y mis grandes limitaciones…

Me dispuse a subir a la Plaza de Prado Llano con mi hijo de 11 años, pues tenía conocimiento de que hay aparcamientos reservados para personas con discapacidad, yo reglamentaríamente con mi tarjeta azul que lo acredita (Junta de Andalucia) , me dispuse a aparcar en uno que habia libre, cuando se me acerca un Policia Local de su Ayto., indicandome que no podía aparcar con la autocaravana en dicho aparcamiento, a pesar que estaba acreditado legalmente para hacerlo, recomendandome el agente que me fuera a la zona de aparcamiento de autocaravanas que habia (Los Peñones) que entendia mi indignación y malestar, ¿pero…? indicandole que me era imposible estacionar tan lejos, ni usar el Alhambra Bus que presta servicio en dicha zona, pues mis limitaciones no me lo permitian tan larga distancia para poder estar en la zona de Prado Llano/ Plaza de Andalucia…

Yo respetuosamente conteste al mencionado Policia Local, y le hice mencion del Reglamento General de Circulación, concretamente la Instrucción 08/V-74 a la que adjunto como archivos, en el que dice literalmente; “Las autocaravanas pueden, por tanto, efectuar las maniobras de parada y estacionamiento en las mismas condiciones y con las mismas limitaciones que cualquier otro vehiculo…” avisando el punto 2 de dicho Reglamento; “En ningún caso podrán las ordenanzas municipales oponerse, alterar, desvirtuar, o inducir a confusión con los preceptos de este reglamento…·”

Pues nada, despues de decirle al Policia Local, que estaba negandome el aparcamiento autorizado por ley, 1) por estar autorizado para ello (por mi discapacidad) y 2) por llevar un vehiculo que mas grande, mas pequeño, etc.. según las normas de circulación sigue siendo un vehiculo autorizado para aparcar, donde pueda estacionar cualquier vehiculo…

Por todo ello, les pediría a este Ayuntamiento, me diera una solución a mi problema (y futuros que se puedan presentar) y que tengan en cuenta que las personas con alguna discapacidad, tenemos derechos y obligaciones como cualquier otro ciudano, pero no es nada extraño que pueda tener una autocaravana para su transporte y recreo, pues como vecino de Granada y amante de nuestra Sierra, necesito disfrutar de ella sin perjuicios, ni obtaculos que me condicionen mas que estoy, en vez de tener el acceso a nuestra estación lo mas comodamente posible para poder moverme libremente por ella…

Esperando contestación por parte de Vds.

juanitoelcaminante

Fuente original: Foro AC Pasión

—————————–

Para expresar nuestras quejas:

Solicitud general por correo:

Mediante este impreso podrá dirigirse al Ayuntamiento de Monachil para exponer, solicitar o reclamar cualquier circunstancia de carácter general.

|Descargar Impreso solicitud|

On Line:

Llenar este formulario que encontrareis en:

http://www.monachil.es/esp/index.asp?secc=/contacto

Si nos ponemos y reciben unas cuantas quejas, seguro que se les ponen las orejas de punta.

No te preocupes, compañero Juanitoelcaminante que estamos contigo…

Un motivo de peso para poner a este municipio en la “lista negra”

Fuente original: El Pulpo Justiciero

Artículos relacionados:

Reivindican más áreas de servicio para las autocaravanas

0

Las autocaravanas, más que un vehículo, es un modelo de vida. Es una forma diferente de ver la vida. Es un tipo de turismo itinerante que te aporta libertad, capacidad de moverte de un lugar a otro visitando varios lugares en un mismo día si cabe. “Si por ejemplo quieres ir a visitar Madrid, Alicante o Sevilla en una semana, tienes que tener concertado el hotel de antemano. Y tener un hotel te obliga a desayunar, comer o cenar a una hora. Si te desplazas para ver algún pueblo, luego tienes que regresar al hotel a dormir. Con la autocaravana llevas la casa a cuestas, cuando terminas de ver un lugar te vas a otro y te quedas allí. Puedes dormir debajo de un castillo o contemplando las estrellas si quieres”, explica el secretario de la Asociación de Autocaravanistas de Castilla-La Mancha (ACAMA), Antonio Olivas.

ACAMA, que pertenece a la Federación Española de Asociaciones de Autocaravanistas (FEAA), se formó en noviembre de 2007.

La Federación Española tiene más de 2.000 familias autocaravanistas. En Acama hay 24 familias socias en toda la región, de las que 7 son de Albacete. “En toda España habrá 40.000 familias, de las que sólo 2.000 están inscritas”, dice Antonio Olivas.

Asegura que todavía la gente no distingue la autocaravana de la caravana. Mientras la caravana es un remolque que necesita de un vehículo motor, la autocaravana ya lo tiene incorporado. Ambas se rigen por diferentes normativas de la DGT, algo que a los autocaravanistas les ha causado más de un problema. “Una autocaravana es como un coche con comodidades mucho mayores”, afirma.

Uno de estos problemas es que, aunque el Ministerio del Interior reconoce, en su instrucción 08/V-74, que una autocaravana puede aparcar o estacionar en las mismas condiciones y con las mismas limitaciones que establecen las normas que regulan a todos los vehículos de motor con sus dimensiones, independientemente del uso que se haga en su interior, muchos Ayuntamientos impiden su estacionamiento en las vías urbanas. “Vemos aparcados vehículos como camiones o furgonetas, y tratan de una forma diferente a las autocaravanas. Discriminan a estos vehículos directamente en lugar de poner limitaciones en cuanto al peso o la longitud, que es lo que sí se puede hacer. Nos tienen todavía vistos como feriantes”.

Puntos ecológicos

Los autocaravanistas se quejan, además, de la falta de cultura autocaravanística que hay en España y, concretamente, en la región, y solicitan, como ya existen de forma obligatoria en la mayoría de países de la Unión Europea, unos puntos ecológicos donde poder estacionar el vehículo para eliminar las aguas residuales. “En Albacete no hay ningún Ayuntamiento que disponga de eso, aunque ya hay algunos que están dispuestos a hacerlo. Sólo pedimos una rejilla de alcantarillado y un grifo. Nos gustaría poder visitar lugares como Chinchilla o Alcalá del Júcar y no lo podemos hacer como queremos porque no disponen de estas zonas”, subraya el secretario de ACAMA. En la mayoría de países, continúa, estas áreas se encuentran en puntos estratégicos, en lugares donde confluyen monumentos y zonas de interés turístico, y en gran parte de los lugares españoles a los que han ido y disponen de estos servicios, éstos se encuentran apartados del casco urbano y en parajes donde el uso propio de la autocaravana no se puede ejercer, ya que conlleva desplazamientos costosos para poder visitar cualquier lugar. “En muchos sitios nos mandan a los camping sin saber que éstos están hechos para las caravanas, no para las autocaravanas. Una caravana está pensada para ir al camping y dejarla 15 días. La autocaravana requiere ir moviéndote de un sitio a otro, quien se la compra quiere eso. Por eso pedimos sitios donde se nos permita aparcar al aire libre, algo que sí podemos hacer cuando vamos a Francia o a Alemania, por ejemplo. Ahora en Navidad como aquí no nos ponen los medios adecuados para estar cómodos, solemos ir al extranjero”, declara Antonio Oliva.

Asegura que este tipo de turismo es algo beneficioso para la economía local, ya que cuando un autocaravanista llega a un sitio necesita consumir productos de allí, ya sea para comer o realizar sus tareas diarias o por adquirir productos típicos de la localidad.

Entre las numerosas actividades que realiza la asociación a lo largo del año, destaca la jornada astronómica que han hecho recientemente en el Robledo. De cara al próximo año, tienen previsto un encuentro en Consuegra (Toledo). Además, complementan los viajes con cursos sobre primeros auxilios para autocaravanistas o de conducción en momentos extremos.

Perfil del autocaravanista

El usuario habitual de la autocaravana suele utilizarla para viajar en todas las estaciones del año. Su perfil suele ser el de una persona mayor de 40 años, con un poder adquisitivo medio-alto y que viaja unos 200 días al año, con un kilometraje medio anual de unos 20.000 kilómetros y una estancia media de uno a tres días. Suelen viajar en familia o en pareja, con una ocupación medio de los vehículos de 3 personas, aunque cada vez se incorporan más parejas jóvenes con niños pequeños.

La mayoría de los usuarios de las autocaravanas son propietarios, si bien también se practica la opción del alquiler. El gasto medio estimado por persona es de unos 18 euros al día, en restaurantes, supermercados y otros servicios.

Entre las actividades que realizan, el 80% corresponde a visitas a patrimonio. Le siguen las excursiones, las visitas culturales y las gastronómicas.

Fuente original: El Día de Albacete.

Artículos relacionados:

¿Qué pasa con el autocaravanismo?

0

Hace pocos días publicábamos una noticia que informaba sobre cómo la FEMP pretende hacer ilegal la pernoctación en autocaravanas en la vía pública, así como su estacionamiento “estable”.

De esta forma la FEMP se está saltando a la torera una norma de la DGT, concretamente la Instrucción 08/V-74. Para aquellos que todavía no se la han leído, o les da pereza hacerlo, le resumimos lo más importante de la misma:

En ningún caso podrán las ordenanzas municipales oponerse, alterar, desvirtuar, o inducir a confusión con los preceptos de este reglamento.

Las autocaravanas pueden, por tanto, efectuar las maniobras de parada y estacionamiento en las mismas condiciones y con las mismas limitaciones que cualquier otro vehículo.

Esto quiere decir, básicamente, que ningún ayuntamiento de España puede prohibir la circulación, parada o estacionamiento de autocaravanas, salvo en aquellos lugares donde no lo pueda hacer ningún otro vehículo. En cuanto a la pernoctación no dice nada implícitamente, pero entonces entendemos que también será ilegal echarse una cabezadita en un turismo (cosa que hemos hecho todos alguna vez en nuestra vida).

Ya sabemos que no está permitida la acampada en ningún municipio español, salvo en lugares adecuados para tal fin, normalmente campings públicos o privados, y normalmente los autocaravanistas lo respetan, si bien es también cierto que existen ciertos autocaravanistas que se pasan por el arco del triunfo esta prohibición y hacen todo tipo de barbaridades en la vía pública: instalación de generadores eléctricos, tiendas de campaña, apertura de toldos, colocación de mesas y sillas, tender la ropa… No debemos olvidar que por culpa de unos pocos incívicos pagan todos los autocaravanistas, normalmente respetuosos y responsables.

El problema de todo esto es que el sector autocaravanista español no está cohesionado, no está unido y no reivindica sus derechos. Las distintas asociaciones, plataformas y colectivos autocaravanistas parecen limitarse a recurrir las multas que sus asociados reciben y a protestar de forma individual ante el incumplimiento de la legislación vigente, bien sea ante el ayuntamiento infractor, ante la DGT o cualquier otro organismo, pero no parece que hagan un frente común para evitar estos abusos.

Y por otro lado parece que el sector hotelero y del camping tiene puesto su punto de mira en el autocaravanismo español, y decimos parece porque no queremos creer que esto sea así. Parece que ven a los autocaravanistas como una amenaza para sus intereses, cuando no es así, ni mucho menos. Lejos de ser incompatibles, los campings necesitan a los autocaravanistas en igual medida que estos necesitan a los campings. Además, el autocaravanismo no es incompatible con el sector hotelero, al contrario, muy a menudo se aparca la autocaravana en la puerta del establecimiento hotelero y se busca la comodidad de sus instalaciones. Recordemos que aunque existe la creencia de que el autocaravanismo es sinónimo de turismo barato es un turismo de medio y alto standing (no todo el mundo se puede gastar el dinero que cuesta una autocaravana).

La solución no es fácil y requiere de mucho consenso, pero hay que comenzar a buscarla, o de lo contrario el sector autocaravanista quedará tocado mortalmente en España.

Ayer recibíamos una llamada de un lector de este blog, un autocaravanista que está tratando de organizar algún tipo de plataforma para que los autocaravanistas españoles se unan para hacer valer sus derechos, y nos solicitaba algún tipo de ayuda al respecto, pues bien, tras plasmar en este artículo buena parte de nuestras reflexiones telefónicas, aquí va nuestra aportación en forma de propuesta para buscar soluciones al problema:

  1. Creemos que lo primero es concienciar e informar a los autocaravanistas sobre sus derechos, pero también sobre sus deberes.
  2. Los distintos colectivos, asociaciones y plataformas deberían crear un órgano común y único que se encargue de representar los derechos de los miles de autocaravanistas españoles.
  3. Se debe buscar la participación activa de los fabricantes, distribuidores y empresas relacionadas con el autocaravanismo en España.
  4. Hacer ver a los principales partidos políticos la situación del autocaravanismo español mostrando la situación real en el resto de Europa. De esta forma se darán cuenta de lo retrasados que vamos en esta materia.
  5. Si realmente existe algún tipo de problema, se debe buscar consenso con las asociaciones y colectivos de empresarios turísticos: hoteles, campings, casas rurales…, para buscar las mejores soluciones para todos.
  6. Y finalmente conseguir una legislación coherente, similar a otras de nuestro entorno (Francia, Alemania o Italia), que regule, beneficie, proteja, ampare y promueva el autocaravanismo en España.

Cambiemos el rechazo, prohibición, desconocimiento y desamparo por regulación, protección, promoción y convivencia.

Gracias David por tu llamada.

Artículos relacionados:

Ir arriba