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Una senda para volar sobre el Mundo

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Un paseo de vértigo por el río albaceteño hasta Las Juntas, donde suma su caudal al Segura

Anoten esta idea: caminar por una estrecha pasarela volada sobre la garganta de un río en un entorno fresco y limpio. Esta aventura de andar por casa -pero aventura, al fin y al cabo- se nos ofrece gratis total a poco más de una hora de Murcia en la aldea de Las Minas (Hellín, Albacete), donde el río Mundo avanza formidable hacia su encuentro con el Segura excavando un estrecho y altísimo tajo de casi un kilómetro de longitud. La propuesta es caminar de Las Minas hasta Las Juntas, ya en el término de Calasparra, para disfrutar de un ecosistema acuático en perfecto estado en el que el rugido del agua será nuestro compañero de viaje.

La caminata -siete kilómetros ida y vuelta- se inicia en Las Minas, una aldea que vivió su mejor época cuando las explotaciones de azufre del Coto de Hellín estaban en todo su esplendor. Los romanos abrieron estas minas de yeso y azufre, que cerraron hace cincuenta años.

Desde el pueblo caminamos por la pista siguiendo el río, que viene desde el embalse de Camarillas, y avanzamos entre arrozales y huertos después de dejar atrás las casas en ruinas pintadas de añil que utilizaron en su día los empleados del coto minero.

La pista nos encamina hasta los espectaculares Almadenes del Mundo, donde el cauce se encajona en una garganta que podemos recorrer por una pasarela colgada a media altura. En principio no es peligrosa, aunque conviene caminar despacio, con precaución y los niños siempre de la mano. Más adelante, en un tramo descendente, la pasarela está protegida con una barandilla y un tejadillo porque de vez en cuando cae alguna roca del cortado.

La excursión termina cuando llegamos a Las Juntas, donde el caudal del río Mundo se suma al del Segura. Quien pisa este lugar por primera vez siempre se sorprende del gran caudal del Mundo y el, en comparación, más escaso del Segura, que sin embargo es el cauce principal de la cuenca hidrográfica. Es el momento de dar la vuelta, aunque el río nos invita a seguir caminando entre arrozales y choperas.

LA EXCURSIÓN

Dónde. Almadenes del Mundo (Las Minas, Hellín).

Cómo llegar. Por la autovía de Albacete, hasta la salida de Cancarix, y de aquí hasta Agramón, donde se vadea el río Mundo para llegar hasta Las Minas. Si vamos desde Calasparra, hay que tomar la carretera del pantano del Cenajo. En el cruce del pantano hay que seguir por la derecha. Pasamos por El Chopillo y la pedanía moratallera de Salmerón y cruzamos el río Segura por un puente para seguir hasta Las Minas.

Cartografía. Mapas 868-III de Salmerón y 868-IV del embalse de Camarillas en 1:25.000.

Cobertura de móvil. Escasa.

Fauna. Nutria, cabra montesa, águila real, águila perdicera, garza real, galápago leproso.

Comer y dormir. En Las Minas: bar Levante (967 326 854). En Calasparra: restaurante Centro (968 720 209), restaurante Santuario de la Esperanza (968 720 412) , camping Los Viveros (968 735 889).

Fuente original: La Verdad.

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Se prohibirá la prostitución a menos de 3.000 metros de centros educativos o sanitarios

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El Ayuntamiento de Hellín (Albacete) ha elaborado una nueva Ordenanza Municipal de Civismo, en la que, entre otras cosas, se prohíbe la “utilización del espacio público para el ofrecimiento y demanda de relaciones sexuales” y especialmente cuando “estas conductas se lleven a cabo a una distancia mínima de 3.000 metros, en línea recta, de centros docentes, educativos, sanitarios o sociosanitarios y, en general, en zonas de esparcimiento frecuentadas por menores”.

El incumplimiento del primer apartado de este punto, que tendría la consideración de “grave”, será sancionado con una multa que va desde los 750,01 euros a 1.500 euros, siendo “muy graves” las conductas recogidas en segundo lugar, y sancionándose con una multa que va desde los 1.500,01 a los 3.000 euros, según el texto de la Ordenanza, que irá al Pleno municipal el día 30 de noviembre, y al que ha tenido acceso Europa Press.

Además, el Consistorio no concederá ninguna licencia de apertura para establecimientos de pública concurrencia donde se ejerce la prostitución “si los locales no guardan una distancia mínima de 3.500 metros, en línea recta, con respecto a los centros docentes, sanitarios y sociosanitarios y aquellos locales de ocio destinados a menores de edad o que por la naturaleza de la actividad comporte la asistencia de menores”, bajo sanción de multa que puede ir de 3.000 a 9.000 euros.

En esta materia en concreto, los agentes de la autoridad o los servicios municipales “recordarán” que las mencionadas conductas están prohibidas por la presente Ordenanza y se informará a las personas que se encuentren en situación de prostitución “de las posibilidades que les ofrecen las instituciones públicas de asistencia social y atención a las víctimas, prestándoles, además, la ayuda que sea necesaria”.

El objetivo principal de esta Ordenanza, según reza en su preámbulo, es el de preservar el espacio público como un lugar de convivencia y urbanidad, donde toda la ciudadanía pueda desarrollar en libertad sus actividades de libre circulación, de ocio, de encuentro y esparcimiento, con pleno respeto a la dignidad y a los derechos de los otros y a la pluralidad de expresiones y de formas de vida diversas existentes en el municipio.

Para ello, se regularán otras actitudes como aquellas que

“atenten contra la dignidad de la persona” de tal forma que estarán prohibidas, en el espacio público, aquellas conductas “de menosprecio a la dignidad de las personas, así como cualquier comportamiento discriminatorio, sea de contenido xenófobo, racista, sexista o homófobo”.

ACOSO ENTRE MENORES

Esto será sancionable bien sea “de hecho, por escrito o de palabra, mediante insultos, burlas, molestias intencionadas, coacción psíquica o física, agresiones u otras conductas vejatorias”, y de forma especial cuando tengan por objeto a “personas mayores, menores y personas que sufran algún tipo de discapacidad”. Igualmente, se prohíben las actitudes de acoso entre menores en el espacio público.

Se prohibirá, bajo multas que podrían oscilar entre los 750,01 y los 3.000 euros –según su gravedad– “realizar cualquier tipo de grafitos o pintadas” fuera de los lugares autorizados, en fachadas de inmuebles, vallas de parques, jardines, solares y obras, letreros de las calles, señales de tráfico, monumentos, edificios públicos o monumentos y edificios públicos especialmente los catalogados.

El articulado de la Ordenanza prohíbe “cualquier actividad perturbadora del descanso ajeno en el interior de las viviendas y locales comerciales, entre las 24.00 horas y las 8.00 horas del día siguiente” e incluso establece que las reparaciones domésticas, los cambios de muebles y similares se efectuarán entre las 8.00 y las 21.00 horas y entre las 10.00 y las 20.00 horas de los días festivos.

SE PROHÍBE EL ‘TRILE’

Otro de los puntos novedosos de la Ordenanza Municipal es el que prohíbe en la vía y los espacios públicos “la práctica de juegos que impliquen apuestas con dinero o bienes”, bajo sanción con multa de entre 750,01 y 1.500 euros, siendo “muy grave” –y por tanto sancionable con entre 1.500,01 y 3.000 euros– el ofrecimiento de juegos “que comporten un riesgo de pérdida más allá de lo que es habitual en todo juego de azar”, especialmente el denominado “trile”.

Asimismo, se prohibirán aquellas conductas que, bajo la apariencia de mendicidad “representen actitudes coactivas, de acoso, u obstaculicen e impidan, de manera intencionada, el libre tráfico de ciudadanos y ciudadanas por los espacios públicos”, así como la mendicidad “ejercida por menores o personas con discapacidad o aquélla que se realice, directa o indirectamente, con menores o utilizando a personas con discapacidad severa”.

Hacer necesidades fisiológicas “como defecar, orinar, escupir y otras análogas en la vía pública estará prohibido y se sancionará con una multa de hasta 750 euros, que podría llegar a los 1.500 si estas conductas se realizan “en espacios de concurrida afluencia de personas, o frecuentados por menores o monumentos o edificios de catalogación especial o edificios institucionales o administrativos”.

BAÑARSE EN LAS FUENTES

Para no impedir o dificultad la utilización del espacio público, no se permitirá acampar en estas zonas, bien sea mediante la instalación estable en estos espacios de elementos o mobiliario, tiendas de campaña, vehículos, autocaravanas o caravanas. Tampoco se permitirá utilizar los bancos y los asientos públicos para usos diferentes a los cuales están destinados o bañarse en las fuentes, los estanques o similares.

El articulado de la Ordenanza prohíbe llevar armas en la vía y en los espacios públicos –”salvo los casos que sea imprescindible su transporte desde el lugar donde están depositadas o guardadas para realizar actividades lícitas”–, algo que podría llegar a sancionarse con multa de 1.500,01 a 3.000 euros.

La Ordenanza aclara, en último término, que el Ayuntamiento podrá sustituir la sanción de multa por sesiones formativas, participación en actividades cívicas u otros tipos de trabajos para la comunidad, aunque en caso de no asistir a las sesiones formativas, procederá imponer la correspondiente sanción, en función de la tipificación de la infracción cometida.

Fuente original: Europa Press.

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