Conceptos que detraen puntos con la nueva Ley de Tráfico y Seguridad Vial
Conducir con una tasa de alcohol superior a la permitida:
Valores superiores a 50 mg/l aire espirado conductores.
Valores de + 25 mg/l aire espirado profesionales y titulares de permisos de conducción con menos de dos años.
6 puntos.
Valores superiores a 0,25mg/l hasta 0,50mg/l conductores.
Valores superiores a 0,15 mg/l y hasta 0,30 mg/l aire espirado profesionales y titulares de permisos de conducción con menos de dos años.
4 puntos.
Conducir bajo los efectos de estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes y otras sustancias de efectos análogos.
6 puntos.
Incumplir la obligación de someterse a las pruebas de detección del grado de alcoholemia, de estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes y otras sustancias de efectos análogos.
6 puntos.
Conducir de forma temeraria, circular en sentido contrario al establecido o participar en carreras o competiciones no autorizadas.
6 puntos.
Conducir vehículos que tengan instalados mecanismos o sistemas encaminados a inhibir la vigilancia del tráfico, o que lleven instrumentos con la misma intención, así como de inhibición de sistemas de detección de radar.
6 puntos.
El exceso en más del 50 por ciento en los tiempos de conducción o la minoración en más del 50 por ciento en los tiempos de descanso establecidos en la legislación sobre transporte terrestre.
6 puntos.
La participación o colaboración necesaria de los conductores en la colocación o puesta en funcionamiento de elementos que alteren el normal funcionamiento del uso del tacógrafo o del limitador de velocidad.
6 puntos.
Conducir un vehículo con un permiso o licencia que no le habilite para ello.
4 puntos.
Arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que puedan producir incendios, accidentes de circulación u obstaculizar la libre circulación.
4 puntos.
Incumplir las disposiciones legales sobre prioridad de paso, y la obligación de detenerse en la señal de stop, ceda el paso y en los semáforos con luz roja encendida.
4 puntos.
Incumplir las disposiciones legales sobre adelantamiento poniendo en peligro o entorpeciendo a quienes circulen en sentido contrario y adelantar en lugares o circunstancias de visibilidad reducida.
4 puntos.
Adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas.
4 puntos.
Efectuar el cambio de sentido incumpliendo las disposiciones recogidas en esta Ley y en los términos establecidos reglamentariamente.
3 puntos.
Realizar la maniobra de marcha atrás en autopistas y autovías.
4 puntos.
No respetar las señales de los Agentes que regulan la circulación.
4 puntos.
No mantener la distancia de seguridad con el vehículo que le precede.
4 puntos.
Conducir utilizando cascos, auriculares u otros dispositivos que disminuyan la atención a la conducción o utilizar manualmente dispositivos de telefonía móvil, navegadores o cualquier otro sistema de comunicación. Conforme a los avances de la tecnología, se podrán precisar reglamentariamente los dispositivos incluidos en este apartado.
3 puntos.
No hacer uso del cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil, casco y demás elementos de protección.
3 puntos.
Conducir un vehículo teniendo suspendida la autorización administrativa para conducir o teniendo prohibido el uso del vehículo que se conduce.
4 puntos.
La detracción de puntos por exceso de velocidad se producirá de acuerdo con el exceso cometido.
2 a 6 puntos.
Circular por autopistas o autovías con vehículos con los que esté expresamente prohibido.
4 puntos.
Conducir un vehículo con una ocupación que suponga aumentar en un 50 por ciento o más el número de plazas autorizadas, excluido el conductor salvo que se trate de autobuses urbanos e interurbanos.
4 puntos.
Parar o estacionar en las curvas, cambios de rasante, túneles, pasos inferiores, intersecciones o cualquier otro lugar peligroso que constituya un riesgo a la circulación a los peatones en los términos que se determinen reglamentariamente.
2 puntos.
Parar o estacionar en los carriles destinados para el transporte público urbano.
2 puntos.
Circular sin alumbrado cuando sea obligatorio o utilizarlo sin ajustarse a lo establecido reglamentariamente.
2 puntos.
Circular con menores de 12 años como pasajeros de motocicletas o ciclomotores con las excepciones que se determinan reglamentariamente.
2 puntos.
Conducir de forma negligente creando un riesgo cierto y relevante para los otros usuarios de la vía.
4 puntos.
*Datos obtenidos de la DGT.
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